lunes, 9 de febrero de 2015

DOF Y COFEMER 05/02/2015

1.    Diario Oficial de la Federación

Publicación
Tipo
Código
Nombre
Fecha de publicación
Fecha límite para comentarios
Fecha de entrada en vigor
Cancela alguna norma
Información adicional
DOF
Aclaración a publicación
N/A
ACLARACIÓN a la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-AA-044-SCFI-2014 y NMX-AA-074-SCFI-2014
2015-02-05
N/A
2015-02-06

Debe decir:
Las presentes normas NMX-AA-044-SCFI-2014 y NMX-AA-074-SCFI-2014, entrarán en vigor 120 días naturales después de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
DOF
Declaratoria de vigencia
NMX-H-9809-1-NORMEX-2014
Cilindros para el transporte de gases comprimidos y licuados. Especificaciones para el diseño y construcción de cilindros de acero sin soldadura rellenables con gas, de una capacidad desde 0.5 litros hasta 150 litros.
2015-02-05
N/A
2015-04-06
NMX-S-011-1970
El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Avenida San Antonio número 256, 7o. Piso, colonia Ampliación Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03840, México, D.F.
DOF
Declaratoria de vigencia
NMX-C-314-ONNCCE-2014
Industria de la construcción - Mamposteria - Adoquines para uso en pavimentos - Especificaciones y métodos de ensayo.
2015-02-05
2015-04-06
2015-04-06
NMX-C-314-1986
El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Ceres No. 7, Col. Crédito Constructor, código postal 03940, México, D.F. y/o al correo electrónico:normas@mail.onncce.org.mx.


2.  COFEMER

Publicación
Tipo
Código
Nombre
Fecha de publicación
Fecha límite para comentarios
Fecha de entrada en vigor
Cancela alguna norma
Información adicional
COFEMER
Proyecto de norma
PROY-NOM-032-SSA2-2014
Para la vigilancia epidemiológica, promoción, prevención,  y control de enfermedades transmitidas por vector.
2015-02-05
N/A
N/A

12. Observancia de la Norma
La vigilancia de la aplicación de esta Norma corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia.

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